Con motivo de las fechas del 23 y 24 de marzo de 2026, es importante tener en cuenta el tratamiento laboral (Convenio Colectivo 77/89)
📅 23 de marzo de 2026 – Día no laborable con fines turísticos
El 23 de marzo ha sido establecido como día no laborable con fines turísticos.
Esto implica que:
- El empleador puede decidir si se trabaja o no.
- En caso de que se presten tareas, la jornada habitual debe abonarse con un recargo del 50%, conforme a lo previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable (Art. 50 CCT 77/89).
📅 24 de marzo de 2026 – Feriado nacional
El 24 de marzo se conmemora el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, tratándose de un feriado nacional obligatorio.
En este caso:
- Si el trabajador no presta servicios, cobra el día normalmente.
- Si trabaja, nuestro Convenios Colectivo establece prevé que debe abonarse un 300%, conforme al Art. 49 del CCT 77/89.